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| Absuelven a ronderos antimineros |
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| Latinoamérica - Perú |
| Miércoles 15 de Junio de 2011 11:07 |
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Fuente: CONACAMI 15/06/2011.Los integrantes de la Sala Mixta Liquidadora tomaron esta decisión tras concluir que la denuncia presentada contra los ronderos carece de sustento y nunca fue ratificada por el demandante, Elber Alexander Lima, quien los responsabilizaba de los castigos de los que fue objeto durante una asamblea comunal contra la actividad minera en la que se le acusó por hurto. Señalan, además, que a lo largo del proceso no se pudo encontrar indicios que corroboren las denuncias contra los inculpados, por lo que se decidió su absolución. Asimismo, se indica que de acuerdo a lo establecido en el Artículo 149 de la Constitución reconoce el derecho de los pueblos indígenas y las rondas a su propia justicia, por lo que los hechos no habrían significado la comisión de delitos. La sentencia fue leída en una sesión oral y pública realizada esta mañana en la localidad de Sullana. Llama la atención que el proceso haya llegado a ventilarse en un juzgado cuando desde el principio no se presentaron pruebas de la denuncia. Incluso la propia demanda fue presentada por el supuesto agraviado cuatro meses después de ocurridos los hechos y esta nunca fue ratificada. Según divulgó una nota de prensa de la Conacami llama la atención que el fiscal Marcelo Yauli haya formulado denuncia contra los dirigentes ronderos, y no contra las personas que el agraviado identificó como los agresores. El agraviado señala que fue sometido a castigos y maltratos en esa ocasión, aunque extrañamente la acusación fue presentada recién cuatro meses después de los supuestos hechos. Conacami sostuvo que pese a que el artículo 145 de la Constitución Política reconoce el derecho de los pueblos, comunidades y rondasindígenas a su propia justicia, es frecuente que sean procesados penalmente por ejercer este derecho. De esa situación se aprovechan las empresas mineras, que emplean a personas a las que compra con ofertas de trabajo o dinero, para iniciar procesos contra los dirigentes ronderos y campesinos, indica la Conacami. Área de Comunicaciones CONACAMI PERU |





La Segunda Sala Mixta Liquidadora de Sullana absolvió a los ronderos Magdiel Carrion Pintado, actual presidente de CONACAMI, Imelda Carrión y Pascual Rosales Huamán, para quienes el fiscal Marcelo Yauli López había solicitado una pena de 30 años de cárcel.