Cerro Tres Puntas en Campana MahuidaLa Corporación Minera del Neuquén y la Fiscalía de Estado presentaron un recurso extraordinario ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación contra la medida cautelar que suspendió todas las actuaciones relacionadas al proyecto minero incluyendo la audiencia pública detenida por la justicia. También pidieron la recusación del Dr. Massei.

Fuente: diario Río Negro

14/10/2009. La Fiscalía de Estado y la Corporación Minera del Neuquén (Cormine SEP) apelaron hoy ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación contra el fallo dictado por el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) que suspende todas las actuaciones relacionadas al proyecto minero de Campana Mahuida, incluida la audiencia pública que debía realizarse el 30 de septiembre pasado.

Según informó el departamento de Prensa de Cormine, el fundamento del recurso radica en que el TSJ se atribuyó competencias propias de los poderes Ejecutivo y Legislativo. Además, tanto la Fiscalía como la empresa minera provincial consideran que se violó la garantía, reconocida por distintos tratados internacionales, de la doble instancia, esto es, que todos tienen derecho a apelar las resoluciones judiciales en una instancia revisora, algo que por la manera de decidir del TSJ, en este caso no se permitió.

A su vez, en el mismo escrito se solicita la recusación con causa del doctor Oscar Massei para que no intervenga en la resolución del juicio en el que la Comunidad Mapuche Mellao Morales pide la nulidad del contrato entre Cormine y Emprendimientos Mineros S.A.

Desde este punto la corporación minera entiende que el doctor Massei no es imparcial, beneficiando a una de las partes, incluso violando las normas sobre ética de los magistrados, al margen de haber prejuzgado al opinar públicamente que los funcionarios del gobierno en el área minera se equivocaron porque debieron hacer la consulta a la comunidad mapuche de manera previa al contrato.

Finalmente, el escrito presentado por Cormine refiere que, incluso, el TSJ resolvió sobre cuestiones que no le fueron solicitadas por la comunidad mapuche y en claro perjuicio a la división de los poderes del Estado.