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Amparos inversamente proporcionales a la masa glaciar Imprimir Correo electrónico
Argentina - San Juan
Martes 09 de Noviembre de 2010 15:14
Por segunda vez el juez federal de San Juan, Miguel Angel Gálvez hizo lugar a otra medida cautelar y ahora suspendió la aplicación de seis artículos de la Ley de Glaciares. El magistrado aceptó los pedidos de las compañías Minera Argentina Gold S.A., Barrick Exploraciones Argentina S.A. y Exploraciones Mineras Argentinas y suspendió la aplicación de la ley para sus proyectos mineros "Veladero" y "Pascua Lama" en la provincia de San Juan.

 

 

Fuente: diario Los Andes e Infobae

08/11/2010. Uno de los artículos suspendidos es el sexto, que establece que en los glaciares "quedan prohibidas las actividades que puedan afectar su condición natural" y "las que impliquen su destrucción o traslado o interfieran en su avance".

También se suspendieron los artículos 2 (define a los glaciares); el tres y el cinco (crea el Inventario Nacional de Glaciares); el siete (establece estudios ambientales para las actividades en glaciares que no estén prohibidas); y el 15 (fija los plazos para la puesta en marcha del Inventario).

El juez también dispuso que Minería Argentina pague una caución real de 500 mil pesos como depósito y Barrick Exploraciones Argentina S.A. y Exploraciones Mineras Argentinas un monto de un millón.

El 2 de noviembre pasado, el mismo magistrado había tomado determinaciones similares en relación a la Ley, como respuesta a presentaciones de asociaciones sindicales y empresariales del sector minero local.

Gálvez, también integrante del Consejo de la Magistratura de la Nación en representación de los jueces, había suspendido la aplicación de los mismos seis artículos a principio de mes cuando hizo lugar al reclamo conjunto de cinco entidades y cámaras empresarias, entre ellas la CGT de San Juan.

La ley 26.639 de Régimen de Presupuestos Mínimos para la Preservación de los Glaciares y del Ambiente Periglacial fue sancionada en septiembre pasado por el Congreso y entró en vigencia el 28 de octubre tras la promulgación del Gobierno. La norma establece los presupuestos mínimos para desarrollar actividades en zonas de glaciares y periglaciares del país.

 

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