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| Intendente tiene la obligación de llamar a consulta |
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| Argentina - Neuquén |
| Miércoles 24 de Agosto de 2011 17:22 |
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Puntualmente Canini expresó que el artículo 8 de la Ley 53 impele al jefe comunal a llamar al referéndum en caso que el cuerpo deliberante rechace la iniciativa de los vecinos que juntaron firmas para que el proyecto minero sea rechazado. En su nota el legislador le pide a Fonseca que "cumpla" con llamar a referéndum popular y respaldó a con los vecinos de la localidad y a las organizaciones: AVAL- AVACAM y Comunidad Mapuche Mellao Morales, quienes realizaron a campaña para respaldar una iniciativa popular para que los concejales aprueben una ordenanza que prohíba la minería metalífera a cielo abierto. Cabe recordar que en su lugar los ediles aprobaron una ordenanza que se limita a prohibir la minería a cielo abierto solo en la localidad. "El intendente tiene la obligación de realizar el llamado a consulta popular, ya que los concejales rechazaron la iniciativa de los vecinos" expresó el diputado. |





Otro pedido para llamar a un referéndum por mega minería. El diputado provincial Rodolfo Canini envió un pedido al intendente para que cumpla con la Ley 53 que lo obliga a realizar una consulta popular.