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| El Agua como Derecho Humano |
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| Argentina - Neuquén |
| Lunes 29 de Marzo de 2010 12:48 |
Se hizo la charla-debate "Agua y Megaminería" propiciado por el Foro Permanente por el Medio Ambiente, en el marco del Seminario "El agua como derecho humano", organizado por la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Neuquén, el 11 y 12 de marzo de 2010.
Por Foro Foro Permanente por el Medio Ambiente de Neuquén 25/03/2010. Consideramos que este documento no sólo da cuenta de la complejidad de las cuestiones socioambientales vinculadas con "el agua como un derecho humano universal, indivisible, inalienable e interdependiente con otros derechos"; sino que con él intentamos poner en evidencia los múltiples conflictos y preocupaciones que emergen en los lugares más recónditos de nuestro país, en defensa de los bienes naturales y la lucha por el reconocimiento de la dignidad humana de la que somos merecedoras todas las personas. Por último, agradecemos a todos aquellos que participaron con su presencia y su voz; a quienes colaboraron con sus aportes escritos y observaciones, y la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Neuquén por esta abrir este espacio a la sociedad que necesita y merece ámbitos de información y participación genuina.- Documento Final de las Organizaciones participantes del Seminario "El Agua como Derecho Humano" 11 y 12 de marzo del 2010 Neuquén Capital Las y los participantes del 2° Seminario Latinoamericano "El agua como Derecho Humano", organizado por la Defensoría del Pueblo de la ciudad de Neuquén, llevado a cabo los días 11 y 12 de marzo de 2010 en Neuquén capital, Patagonia Argentina, en defensa del agua, de las cuencas hídricas y del derecho de todas y todos a disponer de agua limpia y segura, para el presente y las futuras generaciones, acordamos y nos pronunciamos en lo siguiente I.- Declaramos que el agua es un Derecho Humano y de los Pueblos. Es un bien común, parte integrante e inseparable del ambiente, de los ciclos de la biosfera y de las cuencas hídricas; por ello la Constitución Nacional, constituciones provinciales y cartas orgánicas deben declarar al agua como elemento vital de dominio público, inalienable, e imprescriptible . Sólo la protección de las aguas dulces y saladas, su manejo sustentable, el uso y consumo responsable podrán garantizarnos una máxima resistencia ambiental y social a los cambios climáticos y a otras alteraciones que sufren los ecosistemas. ¡El agua y los ecosistemas acuáticos no son una mercancía! ¡Somos agua!. II.-Exigimos que las autoridades responsables garanticen la protección y defensa de todos los reservorios de agua dulce en el estado en que se encuentren -líquido, sólido o gaseoso-, en los ambientes glaciarios y periglaciarios, en los ríos, lagos, acuíferos y suelos, debiéndose incluir las medidas precautorias necesarias que frenen definitivamente (minimicen) todas las emisiones y las formas de contaminación a la atmósfera, causantes de las lluvias ácidas y del calentamiento global. Rechazamos por inapropiados los mecanismos de reparación-remediación: basados en seguros ambientales, multas, asignación de cuotas de contaminación (bonos verdes) u otros, que a cambio de la degradación y contaminación crean nuevos mercados, bajo el paradigma de la responsabilidad social empresaria.- III.- Solicitamos al Congreso Nacional el tratamiento del Proyecto Ley de Educación Ambiental. IV.- Exigimos, en particular la protección de los glaciares, las áreas periglaciares y los hielos continentales, en tanto reservorios de agua dulce, mediante el urgente tratamiento legislativo y sanción de la Ley de Presupuestos Mínimos para la protección de Glaciares y Ambiente Periglacial (N° 26418), sancionada por unanimidad por el Congreso de la Nación, derogada el 10/11/08 mediante Decreto 1837 del Poder Ejecutivo Nacional. V.- Requerimos se implemente la gestión ambiental e integral de toda cuenca hídrica y el cumplimiento por parte de los gobiernos provinciales y nacional de lo establecido por las leyes de presupuestos mínimos -Régimen de gestión del Agua Ley 25.688 y Ley General del Ambiente Ley 25.675-, la legislación de las provincias y los tratados internacionales ad-hoc suscritos por Argentina.. o Rechazamos toda forma de privatización (incluida la mixta), exigiendo que bajo ninguna justificación se realicen leyes, tratados, concesiones, etc. que VI.- Declaramos la necesidad de que en Argentina se revisen todos los estándares de presencia de contaminantes orgánicos e inorgánicos en el agua potable y en las aguas crudas, su posible mezcla e interacción; y que esta revisión se extienda a los suelos, el aire y los alimentos, vegetales y animales, habida cuenta que muchas de las sustancias químicas usadas en el país no están reguladas, ello incluye: agroquímicos, insumos de la actividad hidrocarburifera y minera. Las sustancias tóxicas no deberán ser consideradas solamente por su dosis letal, sino también por los efectos acumulativos provocados aún en las bajas dosis. VII.-Apoyamos las advertencias efectuadas por las Defensorías del Pueblo de Argentina en sus reclamos de saneamiento de las cuencas hídricas provinciales, interprovinciales e internacionales. En particular a la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Neuquén por su reciente informe de contaminación en aguas superficiales, que superan los límites bacteriológicos establecidos en la Provincia y ponen en riesgo la salud de la población. VIII.- Exigimos al Gobierno Nacional y a los gobiernos provinciales la administración de los recursos hídricos superficiales y subterráneos en base a la definición de cuenca hídrica, el pleno funcionamiento de los comités de cuenca interjurisdiccionales y la implementación -dentro de cada cuenca y Comité- de Planes de Protección Integral y Saneamiento y Protección de las masas de agua.
IX.- Solicitamos al Congreso de la Nación la inmediata revisión de la Ley de Inversiones Mineras y toda legislación que la complementa, y que conforman el Código de Minería, por cuanto contienen disposiciones violatorias de la Convención 169 de la Organización del Trabajo (OIT), y todas las normas de presupuestos mínimos (General del ambiente; Información Ambiental, Gestión Ambiental del Agua, Residuos Peligros, entre otras). Igualmente, requerir a los gobiernos de Argentina y Chile y sus respectivos parlamentos la anulación del Tratado Binacional de Complementación Minero oportunamente suscrito. Los legisladores de la nación deberán tener en cuenta, asimismo, las situaciones de violencia, contaminación e inequidad impositiva, planteadas por los emprendimientos megamineros, al amparo del marco legal señalado; también deberán tener en cuenta el avasallamiento de los derechos individuales y comunitarios, y la generalizada resistencia de pobladores afectados. En particular:
1.- Bloque Central (distritos de uranio de Chihuidos y Las Cárceles, entre otros). Superficie 202.869 hectáreas, el área actual de exploración coincide, en parte con los proyectos hidroeléctricos Chihuidos I y II, confluencia ríos Agrio y Neuquén 2.-Bloque Campesino Norte, superficie de 48,230 hectáreas, en la zona de Loma de la Lata. 3.-Potasio sobre la cuenca del Río Colorado, noreste de la Provincia de Neuquén, con extracción del cloruro de potasio por perforación y disolución mediante inyección de vapor de agua. Los yacimientos de Neuquén contienen el 75% de las reservas del mineral existente en Latinoamérica.
o Acompañamos la lucha de la Asamblea "El Algarrobo" de Andalgalá en la provincia de Catamarca, que exige la expulsión y prohibición de todo proyecto mega minero a cielo abierto porque "además de ser incompatibles con la vida, conspiran con otras fuentes de trabajo y producción socialmente sustentables, como la agricultura y turismo". Asimismo, declaramos compartir las demandas de los vecinos de Andalgalá que le dicen "No a Agua Rica. No a Filo Colorado. No a Pilciao 16" y ratificamos que el Nevado del Aconquija es un santuario de la naturaleza y única fuente de agua para Andalgalá y otras localidades de la Región. X.- Exigimos al Gobierno Nacional, la inmediata revisión de la Resolución 166/09 del Ministerio del Interior, que permite flexibilizar normativas vigentes, favoreciendo a particulares y empresas en la concentración, enajenación y extranjerización de la tierra, especialmente en áreas de frontera. o Hacemos conocer públicamente la amenaza inmobiliaria que se cierne sobre los ambientes de montaña en la zona de Villa La Angostura por encima de los 900 metros sobre el nivel del mar, como asimismo la violación de la Ley Nacional de Bosques y la Ley Provincial de Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos, ello en connivencia con las autoridades municipales. En este sentido la conservación de los bosques nativos son parte indivisible de la cuenca del Lago Nahuel Huapi. XI.- Declaramos la necesidad de asegurar libre navegación y acceso a costas de mares, ríos y lagos para toda la población por ser éstas un bien público y exigimos que se sancione a propietarios ribereños que obstaculizan el paso y acceso a las riberas, costas y aguas. En este punto y en particular, exigimos:
XII.- Declarar que cada municipio y comuna debe hacerse cargo de sus propios residuos sólidos sin crear zonas de sacrificio para la instalación de vertederos regionales, promoviendo el reciclado y el compostaje mediante procesos de participación comunitaria. o Evaluar la incidencia que pudieran tener los basurales que funcionan y funcionaron en el área de la Meseta dentro de los Ejidos Municipales de de Neuquén Capital y Centenario para determinar la calidad de los suelos y de las aguas subterráneas de las que se abastece la población. o Apoyar la lucha de los vecinos autoconvocados de los valles de Punilla y Calamuchita en la provincia de Córdoba que se oponen a la construcción de dos vertederos regionales de basura. Condenar asimismo la actitud del gobierno de Córdoba y de su policía por haber impedido a los vecinos de Calamuchita usar las rutas públicas para poder trasladarse y hacerle llegar la voz de protesta. XIII.- Exigir a los gobiernos de las distintas provincias de Argentina y al gobierno nacional el estricto cumplimiento del Artículo 75º Inciso 17º de la Constitución Nacional y la Convención nº 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre Derechos Indígenas, ratificada por Ley Nacional Nº 24071. o Solicitar al gobierno de Neuquén y al ciudadano estadounidense William Fischer que respeten el derecho de la comunidad Mapuche de Paisil Antreao, en el cerro Belvedere, para vivir pacíficamente en sus tierras ancestrales. Condenamos la represión policial y privada ejercida contra esa comunidad, y reiteramos la plena vigencia de la Convención 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre Derechos Indígenas. XIV.- Recordarle a: o La Comisión Nacional de Energía Atómica (CNEA), a Nucleoeléctrica Argentina Sociedad Anónima (NASA) y a la Autoridad Regulatoria Nuclear (ARN) que no pueden seguir adelante con la extensión de la vida útil de la central nuclear de Embalse ni construír nuevas centrales nucleares de potencia sin realizar previamente estudios de impacto ambiental, generar audiencias públicas donde se debata el impacto ambiental -ello conforme a la Ley General del Ambiente y las normativas provinciales- y contar con las respectivas autorizaciones. XV.- Reafirmación de la soberanía Argentina sobre Malvinas, Atlánticos Sur, Antártida y Patagonia. o Exigir que el Gobierno Nacional y los gobiernos provinciales frene la constante pesca indiscriminada en nuestro Mar Argentino, arbitrando los medios para que Prefectura impida la pesca ilegal de buques factoría. XVI;. Por último: desde la Patagonia Norte: o Invitamos a ciudadanos, organizaciones sociales a adherir y difundir el presente documento, al mismo tiempo que instamos a las poderes del Estado a declarar el "Agua como Derecho Humano" universal, indivisible, inalienable, e interdependiente con otros derechos
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