El máximo tribunal de Mendoza volvió a fallar en contra de la convocatoria y descartó por completo una discusión pública. Resta que resuelva la constitucionalidad.

Fuente: Sitio Andino

Finalmente Mendoza no tendrá audiencia pública por la Ley 7.722, que regula la minería a cielo abierto. La asamblea era un reclamo de organizaciones ambientalistas que pedían que los jueces del máximo tribunal de Justicia los escuchara antes de definir la constitucionalidad o no de la ley. Los jueces de la Suprema Corte decidieron votar, y con el cambio de postura de uno de ellos, se desvaneció esta posibilidad.

Luego de que el procurador general, Rodolfo González, accediera al pedido de reposición presentado por el fiscal de Estado, Fernando Simón, entendiendo que tenía razón al plantear que con los votos a favor de la audiencia habilitaba a que ésta se realizara, los ministros de la Suprema Corte de Justicia de Mendoza volvieron a votar, pero cambiando el panorama.

Este lunes los 7 jueces volvieron a votar y el resultado fue 5 a 2, cuando el 4 de agosto pasado tres jueces votaran a favor de realizarla: Jorge Nanclares, Omar Palermo y Mario Adaro. Y cuatro no: Hermán Salvini, Pedro Llorente, Julio Gómez y Alejandro Pérez Hualde. En ese momento, los que votaron a favor argumentaron que estaba en juego la cuestión medioambiental y por el impacto social. Pero hoy Nanclares dio vuelta su postura y voto en contra, con lo que el resultado elimina la posibilidad de realizar la audiencia pública, como así también de dejar a la interpretación jurídica la posibilidad de concretarla. Es que a partir de la acordada 25.325 (de 2013), el llamado a este proceso debe realizarse a partir de los tres votos positivos de los miembros de la Corte. Y es para casos en los que se sobrepase el interés individual.

El fallo del tribunal se oficializará mañana, a tan solo un día de que se realice la asamblea de ambientalistas en la plaza Independencia, justamente en la que está previsto reclamar a favor de la audiencia pública, que se convocó después de conocerse la primera votación.

Mientras tanto, se espera que a finales de este año se resuelva la cuestión de fondo. Es decir, si se declara la constitucionalidad o no de la norma. Son once los planteos de inconstitucionalidad de la 7.722, presentados principalmente de empresas mineras y asociaciones de profesionales del rubro.

“Es una pena que no se haga la Audiencia. Iba a marcar una diferencia en la relación entre la Corte y la sociedad, que reclama un acercamiento de la justicia”, expresaron a SITIO ANDINO fuentes del Poder Judicial de Mendoza.

De hecho, iba a ser la primera vez que la ley que prohíbe el uso de sustancias tóxicas en los proyectos mineros metalíferos y, ente otras cosas, establece que las Declaraciones de Impacto Ambiental (DIA) deben ser ratificadas en la Legislatura; se discutiera ampliamente. Teniendo en cuenta que en la audiencia pública aparecerían las voces a favor y en contra.

En 2007, cuando a finales de ese año -durante el Gobierno de Julio Cobos- la ley fue aprobada en la Legislatura en apenas dos días de debate. Y ni Celso Jaque ni Francisco Pérez volvieron a abrir la discusión de la norma que genera voces a favor y en contra.