El pasado miércoles 18 de marzo se presentó en Lago Puelo un recurso de casación en el amparo por la Iniciativa Popular. En el mismo se plantea la violación al derecho humano político de Iniciativa Popular y la falta de tratamiento del proyecto contra la Provincia del Chubut.
Se pide la nulidad de la sesión legislativa del 25/11/14, la realización de una nueva que trate el proyecto, y por tanto la nulidad de la Ley XVII Nº 127, decreto promulgatorio y reglamentario.

 

Por Silvia de los Santos
Fuente: FM Kalewche

También se pidió medida cautelar para suspender la efectividad y aplicación de esas normas mientras dure el amparo. De manera subsidiaria, se pidió la inconstitucionalidad de esas normas por violaciones a los derechos humanos, consulta previa al mundo indígena, ambiente, agua.

El amparo tiene una primera etapa que se llama de admisibilidad, donde se revisa si se cumplen los requisitos formales para ese tipo de acción, que es rápida.

Luego, si se declara admisible, se tramita el amparo: se notifica a la Provincia, quien contesta la demanda, luego sigue la etapa de prueba y luego sentencia de primera instancia sobre lo que se llama el fondo de la cuestión.

El juez de primera instancia declaró el amparo inadmisible. Dijo que no había “caso”, es decir, que no había un derecho violado; que la “cuestión era política no justiciable” porque se trata de procedimiento de formación de leyes; que no había ilegalidad manifiesta y que el proyecto pudo ser modificado, en todo caso. Dijo que la cuestión merece “mayor debate y prueba” (no dijo cuáles pruebas) y que era de “gravedad institucional” y por eso corresponde que se presente la demanda de manera originaria ante el Superior Tribunal.

Esta sentencia fue apelada ante la Cámara del Noroeste del Chubut, en Esquel, que confirmó el fallo de primera instancia, con los votos de CLAUDIO ALEJANDRO PETRIS – JORGE LUIS FRÜCHTENICHT y el voto en disidencia de GÜNTHER ENRIQUE FLASS. Ambos fallos coinciden en que la causa debe tramitar ante la competencia del Superior Tribunal de Justicia de Chubut.

Finalmente, el miércoles 18 de marzo se presentó recurso de casación, para que la causa llegue al Superior Tribunal de Rawson.

Los argumentos

LA VIOLACIÓN DE DERECHOS HUMANOS – EL DERECHO DE ACCESO A LA JURISDICCIÓN – El peligro en la demora para otorgar la medida cautelar – EL DERECHO POLÍTICO A LA INICIATIVA POPULAR: DERECHO HUMANO INDIVIDUAL y COLECTIVO – EL DERECHO DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS A SER CONSULTADOS ante cualquier Proyecto de Ley que los afecte. Se incluye Jurisprudencia de la Corte Suprema y de la Corte Interamericana de DDHH.

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